Si eres contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT), seguramente ya habrás habilitado tu Buzón Tributario; si no lo has hecho, te sugerimos tener en cuenta esta información para evitar problemas con el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.
El Buzón Tributario es el canal que el SAT habilitó para establecer comunicación con los contribuyentes. Su objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de manera ágil y segura. Asimismo, a través de esta herramienta, los contribuyentes pueden presentar promociones, avisos o dar cumplimiento a requerimientos de información que realice la institución.
Entre otras ventajas, el Buzón Tributario permite reducir tiempos en los trámites que antes se realizaban de manera presencial, permite conocer de manera oportuna cualquier notificación o requerimiento del del SAT y conocer información sobre beneficios y facilidades e invitaciones de programas en materia fiscal.Noticias Relacionadas
Para consultar la información que llega a tu buzón, primero debes habilitarlo, además de registrar y mantener actualizados los medios de contacto. A continuación te explicamos cómo hacerlo.
¿Cómo habilito mi Buzón Tributario?
El primer paso para habilitar tu buzón tributario es ingresar a la página: sat.gob.mx; da clic en el ícono Buzón Tributario; a continuación, da clic en el botón “Habilita tu buzón”, se desplegará una ventana emergente, da clic en la palabra “aquí” y accede con tu RFC y contraseña o e.firma vigente.
Elige la opción Configuración y llena el formulario de medios de contacto, tienes que registrar tu correo electrónico y tu teléfono celular. Dentro de las 72 horas siguientes al registro, confirma tus medios de contacto; en el caso de correo electrónico, da clic en el link que recibas.
Para confirmar el teléfono celular, en la opción Configuración de tu Buzón Tributario, ingresa el código que te llegará vía SMS. Si no confirmas los medios de contacto en ese lapso de tiempo, el sistema cancela la solicitud y tienes que realizar nuevamente el registro.
¿Cuáles son las multas si no habilito mi buzón?
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, si no habilitas tu Buzón Tributario y si no registras o no actualizas los medios de contacto, el SAT te impondrá una multa que puede ir de los 3,850 a 11,540 pesos. Además, si consignas medios de contacto erróneos o inexistentes, se entenderá que te opones a las notificaciones y esto se considera una conducta infractoria.
Desde 2020 es obligatorio habilitar tu Buzón Tributario, a menos de que te ubiques en algún supuesto de excepción. De acuerdo con el SAT, a partir del 1 de enero de 2026 no hacerlo, será motivo de infracción y multa conforme a lo establecido en los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación vigente.