El Consejo de Estado tumbó la estrategia jurídica del Gobierno del presidente Gustavo Petro de intentar limitar a la Corte Constitucional —y solo a ella— la revisión de legalidad del polémico decreto con el que se convocó a una consulta popular para el próximo 7 de agosto. El alto tribunal dejó claro que tiene plena competencia para intervenir, y de paso suspendió provisionalmente los efectos del llamado ‘decretazo’.A primera hora de este jueves, la Sección Quinta del Consejo le notificó al presidente Gustavo Petro y a la Corte Constitucional sobre su decisión de aceptar una demanda interpuesta por 12 senadores que alegaron una ilegalidad en el proceso de expedición del decreto. En particular, el alto tribunal encontró que el Gobierno omitió el requisito de obtener el concepto favorable del Senado, como lo exige el artículo 104 de la Constitución. Esa aprobación no se dio, pues la plenaria del 14 de mayo se cerró con 49 votos en contra y 47 a favor.Para ello, el alto tribunal acudió a lo dispuesto en el artículo 149.1 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y a varias decisiones internas del mismo Consejo de Estado.Decisión del Consejo de Estado sobre la consulta popular. Foto:Consejo de Estado.Antes, el Gobierno había basado su estrategia en un concepto elaborado por un grupo de asesores jurídicos —entre ellos los exmagistrados Jorge Iván Palacio, Eduardo Montealegre (hoy ministro de Justicia) y Luis Ernesto Vargas—, quienes sostenían que la Corte Constitucional debía ser la única autoridad llamada a revisar el decreto, pero solo después de realizada la consulta. Esa interpretación fue desestimada por el Consejo, que recordó que el control jurisdiccional no puede ser aplazado ni evadido.“En esta etapa inicial del proceso, que corresponde al Consejo de Estado definir la legalidad o constitucionalidad de la decisión del Senado de la República y que no se advierte la procedencia de la excepción de inconstitucionalidad a la que alude el cuestionado decreto”, concluyó el fallo.El decreto que convoca a la consulta popular. Foto:Archivo particular.De hecho, varios juristas ya habían anticipado que la maniobra del Ejecutivo es jurídicamente insostenible. Luis Guillermo Guerrero, expresidente de la Corte Constitucional, afirmó que la figura de la excepción de inconstitucionalidad que invoca el Gobierno no aplica para el caso, pues lo que se discute no es una norma en sí misma, sino un trámite con efectos jurídicos claros. “No hay lugar a esa figura en esta controversia”, dijo.A esta voz, se sumo el exministro del Interior Juan Fernando Cristo sostuvo que la votación del 14 de mayo fue válida: “Fue una habilidad del presidente del Congreso (Efraín Cepeda), pero se acogió a la Ley Quinta”. El exmagistrado Antonio José Lizarazo fue más allá al señala que “convocar la consulta sin aprobación del Senado es inconstitucional y usurpa funciones jurisdiccionales”.Asimismo, el jurista Rodrigo Uprimny escribió en su columna en Dejusticia que “es indudable que la votación existe, produce efectos jurídicos y tiene que ser respetada por el Presidente. Cualquier otra cosa es un prevaricato y una grave ruptura de la separación de poderes”.¿Corte Constitucional o el Consejo de Estado? Foto:ArchivoIncluso el constitucionalista Juan Manuel Charry y el exmagistrado Nilson Pinilla han advertido que la gravedad del caso justifica no solo que la Corte Constitucional intervenga, sino que lo haga con medidas cautelares que frenen definitivamente los efectos del decreto.“La Corte debe impedir que se eluda su control con artificios como este. Tiene la obligación de garantizar la supremacía constitucional”, recordó Pinilla, en referencia a una sentencia de la propia Corte emitida hace dos años, que advertía contra intentos de eludir la revisión constitucional previa.El intento del Gobierno de mover el tablero jurídico se topó con un muro institucional. La consulta, por ahora, queda congelada, y el ‘decretazo’ enfrentará su juicio ante el Consejo de Estado, que ya dejó claro que no renunciará a su rol de árbitro de legalidad.Además, el alto tribunal le mostró el camino legal al registrador, Hernán Penados, sobre el quehacer con la consulta popular que estaba programaba para el 7 de agosto, cuando se cumplen tres años de la llegada de Gustavo Petro en la Casa de Nariño. Juan Diego TorresDielas@eltiempo.com

Las razones del Consejo de Estado para frenar intento del Gobierno de excluirlo del control de la consulta popular
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