A través del auto 099 de 2025, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tomó la decisión de iniciar trámite de medidas correccionales contra el alcalde del municipio de María La Baja-Bolívar, Ramiro González Mancilla.Según la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, del tribunal de paz, el mandatario no entregó información con la atención a población desplazada del municipio. De acuerdo con la JEP, mediante Auto MPVG-323 del 5 de noviembre de 2024, “solicitó copia digital de los Planes de Desarrollo de María La Baja-Bolívar, entre el periodo de 1998 hasta el 2010. Copia de las Resoluciones emitidas por el Comité Municipal de Atención Integral a la Población Desplazada de María La Baja, Bolívar, desde su puesta en funcionamiento hasta el año 2010”.JEP Foto:CortesíaTambién pidió copia digital de las actas expedidas por el Comité Municipal de Atención Integral a la Población Desplazada de María La Baja, Bolívar, desde su primera sesión, hasta el año 2010”.Es así como la Secretaría Judicial notificó la providencia a la Alcaldía Municipal María La Baja, Bolívar, el 8 de noviembre de 2024, sin embargo, “ni esta entidad ni su Alcalde enviaron respuesta que permita establecer al despacho el cumplimiento de la orden mencionada en el numeral anterior”.Magistrados de la JEP.  Foto:Cortesía JEPAsí las cosas, la JEP, a través de la sección, recordó “que sus decisiones son de obligatorio cumplimiento para las autoridades y particulares que sean destinatarios de estas, conforme a los fines del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición”.Por su parte, la Corte Constitucional ha dicho que la JEP, en sus actuaciones, procedimientos y decisiones, aunque no de forma exclusiva ni única, “se asemeja a un juez penal, pues al ser el componente justicia del sistema”, impone las sanciones propias alternativas u ordinarias a que haya lugar.Redacción JusticiaJusticia@eltiempo.comMás noticias de Justicia:

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