Como un atropello al debido proceso fue catalogada por la Corte Constitucional la intervención de la EPS Sanitas, ordenada por el Gobierno a través de la Superintendencia Nacional de Salud en abril del año pasado. La Sala Plena del alto tribunal decidió dejar sin efectos esa resolución y darle la razón a la entidad, que alegaba una ‘toma hostil’, abriendo así un nuevo escenario jurídico para quienes ordenaron la apropiación estatal de sus servicios.“No buscamos venganza. No. Hemos pasado la página. Pero eso no quiere decir que no exijamos de las autoridades judiciales la asignación de las responsabilidades individuales de quienes han sido los causantes de lo que en este caso ha ocurrido y de la afectación que no solo nosotros como empresa, sino nuestros pacientes y usuarios han tenido que padecer como consecuencia de esta situación”, dijo el abogado del grupo español Keralty, dueño de Sanitas, tras conocerse el resumen de la Sentencia 277 de 2025.El presidente Gustavo Petro dijo que acatará la decisión de la Corte. Foto:Presidencia / Archivo ParticularSe abren así tres caminos: uno relacionado con responsabilidades penales, otro con las disciplinarias, y un tercero con las fiscales. Los ojos están puestos sobre el exsuperintendente de Salud, Luis Carlos Leal, quien firmó la resolución que ordenó “la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de la Entidad Promotora de Salud Sanitas S.A.S.”Todo proceso judicial o administrativo sancionatorio está sometido a normas constitucionales y legales estrictas. Al determinar la Corte que a Sanitas se le vulneró el debido proceso y que la intervención incurrió en “múltiples irregularidades graves”, los funcionarios que ordenaron la medida habrían infringido esas reglas y se exponen a sanciones.“La Sala Plena concluyó que la entidad accionada incurrió en un defecto sustantivo al expedir la resolución acusada, pues interpretó y aplicó el artículo 114 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero como causal de intervención administrativa, sin considerar las órdenes impartidas por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, por lo que se desconoció el derecho al debido proceso de los accionantes en un asunto de especial relevancia constitucional”, explicó el alto tribunal en un comunicado.La EPS Sanitas, con 5,7 millones de afiliados, es la segunda EPS más grande del país. Foto:Getty ImagesLa magistratura desvirtuó el sustento de la intervención, que se basó en la insuficiencia del capital mínimo de la EPS y que el Gobierno presentó como un salvavidas ante su debacle financiera. Sin embargo, la Corte recordó que dicha solvencia “depende directamente de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), así como de las reservas técnicas”, presupuestos que esta misma instancia ya había declarado como insuficientes, ordenando al Ministerio de Salud ajustarlos.“Al no valorar el impacto que las órdenes impartidas por la Corte Constitucional tenían sobre la situación de la EPS —especialmente en su condición financiera—, la Superintendencia Nacional de Salud desconoció que del nivel de cumplimiento de los estándares fijados por la Sala Especial de Seguimiento en Salud se derivaban consecuencias directas y profundamente relacionadas con el análisis de las causas que podrían justificar una intervención administrativa sobre EPS Sanitas”, argumentó la magistratura.¿Quiénes serían responsables?Para el exfiscal Guillermo Mendoza, las investigaciones penales, disciplinarias y fiscales recaerán sobre quienes dieron la orden, principalmente quienes firmaron la resolución que ordenó la intervención. En este caso, el exsuperintendente Leal.Empleados de Sanitas en la manifestación realizada en Bogotá. Foto:Néstor Gómez. EL TIEMPO.“Podría estar incurso en el delito de prevaricato por acción, además de la falta disciplinaria. Y si su actuación irregular ocasionó un detrimento patrimonial al Estado, también tendría responsabilidad fiscal”, señaló el jurista.Otro de los delitos por los que podría ser procesado, según expertos como el abogado Hollman Ibáñez, es el de extralimitación de funciones, ya que la Corte afirmó expresamente que se trató de “un acto arbitrario” o abusivo.Sobre la posible responsabilidad del presidente Gustavo Petro, quien ha arremetido contra Sanitas y su casa matriz en varias ocasiones, tanto el exfiscal Mendoza como el exprocurador Carlos Arrieta coincidieron en que no debe responder como determinador. “No está probado que él dio la orden directamente. Podría haber responsabilidad fiscal por el litigio internacional, pero no hay pruebas de la comisión de un delito”, aseguraron.El caso en los tribunales arbitralesEn paralelo, Colombia disputa un pleito billonario en tribunales internacionales. El Estado fue demandado ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) por 5,2 billones de pesos, por presuntas violaciones al Tratado Internacional de Protección de la Inversión Extranjera.La decisión de la Corte podría terminar favoreciendo los alegatos del grupo español Keralty, dueño de Sanitas, que calificó la intervención forzosa —la primera de las nueve durante el gobierno Petro— como “improvisada, ilegal, desproporcionada y discriminatoria”.En el proceso arbitral, por ejemplo, se habla de una “expropiación indirecta” y de la “violación del estándar del TJE (Tribunal de Justicia Español)” por parte de la Superintendencia de Salud al intervenir la EPS Sanitas. Según Keralty, esa actuación obstaculizó su gestión, mantenimiento, uso y disfrute de las inversiones mediante medidas arbitrarias o discriminatorias. Además, alega que la orden del Gobierno respondió a un asunto político.Gobierno anuncia nueva urgencia manifiesta con Thomas Greg Foto:La Defensa de la Nación, encabezada por la Dirección de Asuntos Internacionales de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, tiene ahora el fallo de la Corte Constitucional jugando en contra, pues este calificó el procedimiento como irregular. Y, de perder, pagaría de indemnización casi la mitad de lo que costó el proyecto del Metro en Bogotá.Sara Valentina Quevedo Delgado Redacción Justicia

Fallo contra la intervención de Sanitas desata un nuevo ’round’ judicial: ¿quiénes tendrían responsabilidad?
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