La historia de una menor de 13 años que durante meses fue víctima de acoso escolar, que fue diagnosticada con depresión y Trastorno del Déficit de Atención e Hiperactividad ‘TDAH’ y que, incluso, intentó quitarse la vida y se autolesionó, presuntamente por lo que sufría en las aulas, provocó un contundente fallo de la Corte Constitucional que reprende a un colegio de Cundinamarca y brinda pautas para la educación inclusiva de los menores con diagnósticos de salud mental.La Corte, con ponencia de su presidente Jorge Enrique Ibáñez, determinó que el Gimnasio Campestre los Cerezos International School, ubicado en el municipio de Cajicá, vulneró de forma severa e “irreversible” el derecho a la educación de esta menor, emprendiendo una “actitud negacionista” ante la situación de acoso escolar, o bullying, que ella padecía.”Es claro que la actuación negacionista del colegio frente a los múltiples episodios de matoneo que experimentó Valeria, la situación indefinida a la que el colegio la sometió al no permitirle su retorno a educación en modalidad presencial, así como haber omitido implementar un PIAR -Plan Individual de Ajustes Razonables- a su favor para garantizar su educación con enfoque diferencial, consumó la violación a su derecho a la educación”, indica el fallo. “Es claro que lo ocurrido derivó en una situación irreversible en la educación de Valeria y en su desarrollo integral (…) Probablemente en su nuevo entorno escolar podrá seguir avanzando de manera idónea en su proceso educativo, pero las faltas que se presentaron en este escenario son irrecuperables. En efecto, no existe un proceso que reverse o repare, de ninguna manera, los daños que ella sufrió con los tratos humillantes propios del acoso escolar y la discriminación a la que fue sometida por parte del colegio”, agrega la decisión. Gimnasio Campestre Los Cerezos. Foto:Facebook Gimnasio Campestre Los Cerezos.La situación fue tan severa, que la Corte compulsó copias al Ministerio de Educación y a la Secretaría de Educación de Cundinamarca. “En razón a que la Secretaría de Educación de Cundinamarca ha adelantado una investigación administrativa contra el colegio, esta entidad deberá tomar en cuenta la Ley 1620 de 2013, en especial sus artículos 35, 36 y siguientes, para efectos de aplicar las sanciones pertinentes que hubiere lugar a imponer contra el colegio”, indica la providencia.La historia de acoso en el Gimnasio CampestreDe acuerdo con el expediente de la Corte, el maltrato hacia Valeria inició en el año 2023 por parte de un compañero que, al parecer, hizo comentarios sobre su peso que habrían ocasionado una “inapetencia” en la menor. El 31 de agosto de dicho año la menor se habría autolesionado por comentarios que le hicieron: “¿qué se siente ser una rana platanera? ¿qué se siente que ni con psicóloga puedan ayudarte a dejar de tener tantos problemas?”.El colegio, dice el expediente, habría propuesto una cita con los presuntos agresores de la menor, pero sus padres no estuvieron de acuerdo para evitar que su hija sufriera “confrontaciones directas”. Días después sus compañeros la tildaron de la “mejor actriz del mundo” y fueron citados por molestarla, por lo que posteriormente le reclamaron a la menor, provocándole un ataque de pánico. El 7 de septiembre un compañero divulgó una carta de Valeria y “producto de dicha exposición”, dice la Corte, “Valeria tomó un cuchillo del comedor del colegio para autolesionarse”. Minutos después “intentó saltar de un muro en el establecimiento educativo”. Tras el episodio, la menor fue hospitalizada y le recomendaron educación a distancia. Sala Plena de la Corte Constitucional. Foto:CortesíaAgrega el expediente que los padres acordaron con el colegio que la menor retornaría, gradualmente, a partir de noviembre de 2023. Pero luego los contactaron para que firmaran un otrosí en el que los obligaban a “asistir semanalmente a sesiones de terapía familiar con psicología externa”; a que el psicólogo debía comunicarse con el colegio para suministrar, semanalmente, un informe psiquiátrico sobre la menor y a remitir un reporte sobre la “convivencia, emociones, estado mental, físico y en general la integridad de la menor de edad Valeria, así como, cualquier medicamento que consuma”.Como los padres no aceptaron las cláusulas discriminatorias, el colegio optó por mantener a la menor con educación virtual. Para la Corte, este otrosí resultó arbitrario. “Se advierte que la medida de aislamiento indefinido adoptada por parte del colegio fue desproporcionada. Si bien la Sala podría procurar comprender las preocupaciones del colegio, su actuar fue abiertamente discriminatorio y revictimizante, así como que desconocía en todo contexto las necesidades médicas de la adolescente”, indica el fallo. “Este tipo de obligaciones que se incluyeron resultaban excesivas y hasta intransigentes en la medida en que el colegio buscaba quedar presuntamente exento de cualquier tipo de responsabilidad”, agregó el fallo con ponencia de Ibáñez. Las órdenes contra el Gimnasio Campestre Los CerezosEl fallo de la Corte advierte que las actuaciones del colegio respecto del acoso escolar que sufrió la menor agravaron su condición de salud mental. “Las situaciones que llevaron a la vulneración de su derecho a la educación ocurrieron en el marco de un matoneo escolar que fue negado por la institución educativa y respecto del cual aquella no adoptó medidas efectivas ni oportunas para impedir que continuara ocurriendo”.Por ello, el fallo le ordena al colegio que convenga con la familia de la menor una “fórmula de reparación simbólica” que, en caso de que sea aceptada por la familia, “deberá realizar una ceremonia pública de disculpas para retractarse por cualquier afectación que hubiere sufrido” la menor. El gimnasio campestre también deberá iniciar un proceso disciplinario a los estudiantes que estuvieron envueltos en los actos de acoso escolar contra Valeria, “en el marco del procedimiento previsto para tal efecto en el Manual de Convivencia de la institución educativa”.El plantel también deberá adoptar, en dos meses, “un acto público de compromiso de cero tolerancia al acoso escolar”, y deberá diseñar un programa riguroso para la” implementación efectiva de ajustes razonables para los niños, niñas y adolescentes que padezcan algún tipo de neurodivergencia o condición de salud mental, con el fin de que, si algún estudiante llegare a necesitarlo, los ajustes razonables sean debidamente aplicados”.Gimnasio Campestre Los Cerezos. Foto:Gimnasio Campestre Los Cerezos.El fallo también le ordena al Ministerio de Educación a que “reglamente lo relativo al Plan Individual de Ajustes Razonables para personas con diagnóstico de TDAH y, en ese sentido, establezca los mecanismos y herramientas que le facilitarán a los niños, niñas y adolescentes con este tipo de situaciones, acceder a una educación inclusiva”.Lo que dijo el Colegio Los Cerezos De acuerdo con el expediente, el colegio respondió que permitiría que la menor regresara a clases, sólo dos días a la semana, “única y exclusivamente si los padres de familia celebran otrosí por medio del cual se obliguen a asistir de manera semanal a terapia de familia y del mismo modo, se obliguen a llevar a la [adolescente] de manera ininterrumpida a terapias”.El colegio negó la existencia del acoso escolar, indicando que no se cumple lo dispuesto en la Ley 1620 de 2013, es decir “que sea una conducta negativa, intencional, metódica, sistemática y reiterada”. También destacó que “Valeria amenazó a un compañero en una carta, a través de la cual manifestó que podía matarlo con un cuchillo”.ANA MARÍA CUESTAEditora de justicia anacue@eltiempo.com

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