Cada año, resulta indispensable que tanto personas físicas como morales lleven a cabo su respectiva declaración de impuestos ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), sin embargo, es recomendable hacerlo dentro del plazo establecido por el organismo para evitar contratiempos y en el peor de los casos multas económicas que para para personas físicas oscilan entre los 1,810 y los 22,400 pesos y en personas morales van de los 18,870 hasta los 44,790 pesos.
En entrevista para el podcast “Dinero y Finanzas Personales” la abogada fiscal Josselyn Villa explicó que, para evitar una mala experiencia, se debe tener orden la documentación necesaria para llevar a cabo nuestra declaración como son: el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nuestra Firma electrónica o también conocida como E-Firma, la constancia de percepciones y retenciones, así como la CLABE de nuestra cuenta bancaria.
Además, en 2025, al igual que otros años, los contribuyentes podrán realizar ejercicios previos mediante herramientas como el simulador de declaración, mismo que brinda un panorama general de nuestra situación fiscal, por su parte el visor de nómina funcionará para comprobar que los datos sean correctos y el visor de deducciones personales nos permitirá revisar con mayor precisión nuestras facturas.
Aunque el tiempo límite para realizar tu declaración anual es el 30 de abril y parezca muy lejano, es recomendable anticiparse, ya sea porque llegues a requerir reposición de alguna factura, porque la página del SAT se sature, los CFDIS no se emitieron de manera correcta o requieras hacer aclaraciones en casos de solicitar créditos bancarios superiores a los 600,000 pesos o si recibiste una herencia. Recuerda que en caso de la enajenación de bienes también debes comprobar si obtuviste o no alguna utilidad.
Verifica tus datos con apoyo de las herramientas que ofrece el SAT y evita inconsistencias Crédito: Freepik
Conoce más sobre la Declaración anual 2025 en el podcast “Dinero y Finanzas Personales”:
Declaración anual paso a paso
Lo primero que debes hacer es ingresar al portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Recuerda que es indispensable que tengas preparados los siguientes documentos: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), firma electrónica E-Firma, CLABE de tu cuenta bancaria (En caso de obtener saldo a favor), constancia de percepciones y retenciones.
Después, inicia sesión con tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y tu contraseña.
Ingresa pestaña a pestaña la información requerida.
Por último, revisa que los datos sean correctos, firma tu declaración y envíala.
No olvides conservar tu acuse de recibo.
¿Cuál es la multa por no presentar la Declaración Anual?
Al momento de enfrentarse a trámites complejos con el SAT, es indispensable considerar algunos aspectos, unos de los de mayor interés entre los contribuyentes son los relacionados a las multas pues el Sistema de Administración Tributaria (SAT), en su artículo 81 del Código Fiscal de la Federación establece los criterios en caso de incumplimiento de las obligaciones.
“El SAT te va a multar por 3 cosas, por no hacer, por hacer mal o por hacer después de tiempo” Josselyn Villa, contadora y abogada fiscal.
No presentar la declaración anual.
La multa oscila entre los mil 890 a los 22 mil 400 pesos.
Declaración extemporánea
Multa de entre mil 500 hasta los 38 mil 700 pesos.
Si no se atendieron los requerimientos.
Multa de entre 18 mil 360 a 36 mil 740 pesos.
Por omisión de obligaciones.
En esta situación el SAT posee la facultad de suspender tus sellos digitales.
En caso de que este trámite te resulte complejo, acércate a un especialista en el tema, así evitarás multas debido a la omisión de datos o por realizar un mal proceso.