Colombia, un país con 8,2 millones de hogares con jefatura femenina -según la más reciente Encuesta Nacional de Calidad de Vida-, tramita centenares de miles de denuncias por inasistencia alimentaria. Solo el año pasado, de acuerdo con cifras de la Fiscalía, se abrieron 15.948 procesos por este delito, que puede ser sancionado con hasta tres años de cárcel.Por el número de casos, el tema es el centro de las conversaciones en un gran número de familias. ¿Qué hacer?, ¿A quién acudir? Se han viralizado casos indignantes en redes sociales como el de un hombre que, a pesar de que una Comisaría de Familia fijó la cuota alimentaria para su hija en apenas 90.000 pesos al mes, durante más de cuatro años incumplió con este compromiso. Ministra de Justicia, Ángela María Buitrago. Foto:MinjusticiaPara eliminar las trabas que impiden que el dinero llegue a los niños, niñas y jóvenes (hasta los 25 años si no cuentan con otros ingresos) y cubra sus necesidades básicas, la Ley 2242 de 2022 estableció el pago de la cuota por libranza. Es decir, a través de un descuento directamente del salario o la pensión del demandado. Este diario tuvo acceso al borrador de decreto redactado por el Ministerio de Justicia para reglamentar esta norma y que ya se subió para comentarios. Una vez firmado, tendría seis meses para entrar en vigencia.El artículo 6 de la Ley 2242 de 2022 creó “el mecanismo de pagos por libranza cuando exista cuota de alimentos por conciliación o sentencia judicial”. En 2024, la Fiscalía abrió 15.948 procesos por inasistencia alimentaria. Foto:Foto: Jesús BlanquicetBasado en esta norma y, haciendo efectivos los artículos 5, 42 y 44 de la Constitución sobre la protección de la familia y de los niños, niñas y adolescentes, el Minjusticia, junto con la Superintendencia Financiera y la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer estableció los parámetros bajo los cuales entrará a regir.Los caminos para hacer efectivo el descuento”El mecanismo de libranza para el pago de cuotas alimentarias tiene naturaleza distinta al regulado en la Ley 1527 de 2012. El reglamentado en el presente decreto tiene como fin ser una herramienta de pago de las cuotas alimentarias mediante el descuento directo que haga el empleador o entidad pagadora del salario o mesada pensional del deudor alimentario”, se lee en el borrador.Habrá cuatro caminos para hacer efectivo el descuento. El primero es a través de una orden judicial. Un juez de familia podrá disponer de esta medida y el empleador o la entidad pagadora estará en la obligación de efectuar los descuentos ordenados y girar su valor directamente al beneficiario o consignarlos en un depósito judicial, según se disponga en la sentencia.Hay 2.360 indiciados por inasistencia de la cuota alimentaria. Foto:iStockEl pago de la cuota por libranza también podrá aplicarse según se acuerde en una conciliación extrajudicial. “El conciliador deberá consultar al deudor moroso si autoriza el pago de estas mediante el mecanismo de libranza de cuotas alimentarias, dejando constancia de la autorización expresa y exigible en el acta”, dicta el articulado. Así mismo podrá fijarse vía “resolución provisional” emitida por un defensor de familia, comisario de familia o por el inspector de policía bajo competencia subsidiaria.Quienes ya hayan establecido otro acuerdo y deseen modificar la transacción por este medio también podrán hacerlo escalando una solicitud judicial.Finalmente, cualquier deudor alimentario podrá autorizar el descuento, validándolo mediante una manifestación escrita o expresa dirigida a su empleador o al fondo de pensiones para que se efectúe el descuento. Este se verá reflejado al mes siguiente.”El proyecto de Decreto mantiene lo dispuesto en el Código Sustantivo del Trabajo y en el Decreto Ley 3135 de 1968, en cuanto a que debe mediar autorización del trabajador para los efectos del descuento directo”, informa el decreto.Las noticias más importantes del 25 de febrero Foto:La empresa (empleador) pública o privada, así como el fondo de pensiones tendrá la responsabilidad de verificar el cumplimiento de estas disposiciones legales y no podrá hacer el descuento por fuera de los cuatro parámetros fijados.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

los detalles del borrador de decreto que se cocina
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