Álvaro Uribe fue condenado, en primera instancia, a 12 años de privación de la libertad en detención domiciliaria. Esa es la esencia del documento de 1.114 páginas en el que la jueza Sandra Liliana Heredia consideró responsable al expresidente de los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal. La condena, que es mayor a los nueve años que pedía la Fiscalía, no quedará ejecutoriada porque la defensa del exmandatario anticipó que la apelará. El caso pasará, entonces, al Tribunal Superior de Bogotá.”Condenar a Álvaro Uribe Vélez a las penas principales de 144 meses o lo que es lo mismo, 12 años de prisión, multa equivalente a 2.420 salarios mínimos, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, como sanción principal, de 100 meses y 20 días, como determinador penalmente responsable del delito de Soborno en actuación penal en concurso homogéneo en concurso heterogéneo con fraude procesal en concurso homogéneo como se expuso en la parte motiva de la sentencia, cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que da cuenta el paginario”, dice el fallo conocido por EL TIEMPO.En el documento, Heredia ordenó que el exmandatario sea trasladado inmediatamente a Rionegro, donde tiene su finca en LLanogrande, donde cumplirá la prisión domiciliaria y se le realizarán respectivos controles por parte de las autoridades. “Basándonos en el criterio jurisprudencial y sabiendo que Álvaro Uribe Vélez es merecedor de la prisión domiciliaria, ha de advertirse que se hace necesario que el acusado inicie la ejecución de su sanción previo a que la decisión proferida cobre firmeza, al superarse con creces los requisitos nominales de necesidad, tal como se procede a analizar”, explicó la jueza.Fallo de la jueza Sandra Liliana Heredia contra el expresidente Álvaro Uribe. Foto:Archivo particularLa decisión generó polémica porque los precedentes de las altas cortes establecen que, cuando se trata de personas que no representan un peligro para la sociedad, ni hay riesgo de fuga y han comparecido al proceso, el acusado puede defenderse en libertad hasta que quede en firme el fallo. Asimismo, se fijó una multa de 2.400 millones de pesos a pagar por ambos delitos.Sandra Liliana Heredia, juez del caso contra el expresidente Álvaro Uribe. Foto:Archivo particular”Tenemos que la privación de la libertad inmediata resulta necesaria para asegurar la preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos. Esta medida no solo tiene un efecto disuasivo e intimidatorio que previene la comisión de delitos, sino que también evita la percepción negativa de la sociedad de que las personas pueden continuar gozando de su libertad, pese a una condena, cuando no se cumplen los requisitos para ello y la presunción de inocencia ya ha sido desestimada en primera instancia; máxime cuando se trata de una persona que goza de un reconocimiento público y social, referente para grandes círculos de país, de ahí que permitir que continúe en el ejercicio de su libre locomoción, pese a la trasgresión ocasionada, concebiría la idea errada de que la igualdad ante la ley no preexiste en el ordenamiento, ergo, para sostener el poder disuasivo del imperio de la ley y la confianza en la institucionalidad, se hace imperiosa su rauda detención”, dijo la jueza al momento de ahondar en la necesidad de enviarlo a Llanogrande.La prisión domiciliariaSobre por qué le concedió la medida privativa de la libertad desde su casa, la jueza explicó que el ahora sentenciado, cumplió con los requisitos de idoneidad y proporcionalidad para ser merecedor de este beneficio.Con esa condena, la primera contra un expresidente en la historia reciente del país, Uribe no podría volver a ser elegido para cargos públicos, pues la Constitución establece ese limitante para sentenciados por delitos comunes. Álvaro Uribe, expresidente condenado. Foto:Archivo particularEntre estos, que la sanción por los dos delitos contempla como pena mínima seis años, uno de los parámetros legales para otorgar la casa por cárcel. El expresidente, según la sentencia, no podrá cambiar de residencia sin autorización, deberá presentarse ante las autoridades cuando así lo requieran, y tendrá que permitir la entrada a su residencia de los servidores públicos encargados de custodiar que esté cumpliendo la orden de Heredia.El Tribunal de Bogotá revisará el caso. Foto:Carlos López/El TiempoEn cuanto a la inhabilidad para ejercer cargos públicos, estableció un periodo de 100 meses y 20 días, que son algo más de ocho años. En la medida en que esté detenido, no podrá ocuparlos.El sentido de falloEn una audiencia de 11 horas, Heredia expuso algunos pormenores de su sentido de fallo, el cual está compuesto por más de 1.114 páginas y servirá para que los abogados defensores del expresidente puedan sustentar, en los próximos días, la apelación frente a dos de los tres cargos que le acusó la Fiscalía, y es que Uribe terminó siendo absuelto por soborno simple.Expresidente Álvaro Uribe. Foto:Mauricio Moreno. EL TIEMPOLa historia de este proceso penal, considerado el más importante de los últimos años, se remonta al año 2018, cuando la Corte Suprema le decidió abrir una indagación porque habría intentado, a través de Diego Cadena, sobornar testigos para que declararan a favor suyo, desligándolo de nexos con el paramilitarismo.Uribe desde el primer momento se declaró inocente de tales acusaciones, y en 2020 renunció al Senado y por ende el caso pasó de la Corte a la Fiscalía, que después de dos solicitudes de preclusión, terminó llevándolo a juicio. Durante 67 días, distintos testigos se presentaron ante el despacho de la jueza Sandra Liliana Heredia para dar sus versiones, con las cuales armó un veredicto de primera instancia.El expresidente Álvaro Uribe en la Corte Suprema en octubre de 2019. Foto:RAUL ARBOLEDA“La Fiscalía General de la Nación ha acreditado la conducta punible y la participación en calidad de determinador del señor Álvaro Uribe Vélez en los delitos de fraude procesal en conjunto homogéneo y soborno en actuación penal con respecto a los testigos Juan Guillermo Monsalve, Eurídice Cortés Velasco y Carlos Enrique Vélez”, explicó la jueza, a cargo del Juzgado 44 Penal de Conocimiento.En diálogo con EL TIEMPO, el penalista Jaime Granados resaltó que desde el lunes vienen estudiando la apelación, y que se debe resaltar que su cliente mantiene la presunción de inocencia porque no hay un fallo definitivo. “Él ha estado muy activo en su defensa, con todo respeto, dando ejemplo, y con toda la confianza de que la apelación deberá prevalecer, y la justicia brillará porque Colombia es un país de instituciones”, dijo el abogado.Simpatizantes de Álvaro Uribe en Paloquemao. Foto:MAURICIO MORENOCarlos López – Justicia – @CarlosL49 – carben@eltiempo.com

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