Tras presentar una declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), una de las dudas más comunes entre los contribuyentes es respecto al saldo a favor y cómo solicitarlo ante la dependencia. Se trata de una devolución de dinero que la autoridad fiscal puede hacerle a una persona, esto en caso de que se demuestre que dicho contribuyente pago más impuestos de los que le correspondían durante el año anterior. 

De acuerdo con lo explicado por el SAT, un contribuyente puede tener saldo a favor si al presentar su declaración anual se determina que pagó más impuestos de los que le correspondían. Esto puede deberse a deducciones personales, pagos en exceso o retenciones mayores a las necesarias por parte de su empleador.

Los gastos médicos, los honorarios dentales, las aportaciones voluntarias al retiro (AFORE), las colegiaturas y los donativos, son algunas de las deducciones por las que una persona puede tener saldo a favor ante el SAT.

¿Cómo saber si tienes saldo a favor en el SAT?

Para saber una persona tiene saldo a favor ante el SAT el primer paso es que el contribuyente presente la declaración anual correspondiente al año en cuestión. Posteriormente, las personas podrán consultar el estatus de su declaración en el portal web de la dependencia, donde aparecerá si existe un saldo negativo, un saldo en ceros, o un saldo a favor. Los pasos a seguir, para corroborar si hay saldo a favor son los siguientes: 


 Ingresa al portal del SAT.
Una vez dentro, en el menú es necesario seleccionar la opción “Declaraciones” y posteriormente el apartado “Consulta tu declaración”. 
Si el contribuyente presentó su declaración anual deberá buscar la sección que diga: “Resultado de la declaración”.
Ahí puede aparecer alguno de estos tres resultados: saldo a favor, saldo en contra (adeudo) y en ceros (sin saldo ni a favor ni en contra).

¿Cómo solicitar una devolución de saldo a favor?


El primer paso es presentar la declaración anual. Foto: freepik.

Si el SAT confirma que el contribuyente tiene saldo a favor, la persona podrá solicitar la devolución automática. Este beneficio aplica principalmente para personas físicas y está disponible siempre que la declaración no tenga inconsistencias ni requiera revisión manual. Los requisitos para solicitar una devolución automática son los siguientes: 


Presentar la declaración en tiempo (antes del 30 de abril).
Contar con RFC y contraseña activos o e.firma.
Tener una cuenta bancaria con CLABE registrada y a tu nombre.
Que el saldo a favor sea menor a 150 mil pesos.
No tener inconsistencias en ingresos o deducciones.

En casos donde el saldo a favor sea mayor a 150 mil pesos, el SAT solicita que los contribuyentes presenten el Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

¿En que casos el SAT no aplica devoluciones automáticas?


El SAT puede hacer devoluciones automáticas. Foto: freepik.

Aunque en la mayoría de los casos el SAT aplica devoluciones automáticas, existen casos donde no es así y los contribuyentes tienen que acudir ante la autoridad fiscal para cumplir con los requisitos y acceder a su saldo a favor. Los casos donde el SAT no aplica devoluciones automáticas son: 


Si tu saldo a favor es superior a 150 mil pesos.
Si obtuviste ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
Si durante todo el ejercicio al que corresponde tu saldo a favor estuviste suspendido en el Registro Federal de Contribuyentes.
Si te encuentras como no localizado en tu domicilio fiscal registrado ante el SAT, salvo que te encuentres únicamente en sueldos y salarios.
Si presentas tu declaración con Contraseña cuando estás obligado a hacerlo con e.firma.
No elijas la opción Devolución.

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