Si recién te casaste por la vía civil, hay una opción a la que puedes recurrir para ayudar a tu bolsillo a cubrir las cuentas en este nuevo inicio de vida en pareja. Se trata de la Ayuda para gastos de matrimonio que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Esta prestación es aplicable a todos los derechohabientes del IMSS, por una sola vez, que tengan acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el Instituto en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a partir de la fecha de la celebración del matrimonio.

El monto del apoyo se calcula considerando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha de celebración del matrimonio civil, por 30 días. En 2025, el valor de la UMA es de 113.14 pesos, por lo que el total del apoyo es de 3,394.20 pesos; para recibirlo es preciso que estés vigente como asegurado. Noticias Relacionadas

Si dejaste de pertenecer al régimen obligatorio, pero te casaste dentro de los 90 días hábiles contados a partir de tu baja, puedes solicitar el apoyo. En caso de haber registrado a otro cónyuge como beneficiario ante el Instituto, es necesario acreditar la disolución del vínculo matrimonial, o bien, el fallecimiento de éste.

¿Qué documentos debo presentar para obtener el apoyo de gastos de matrimonio del IMSS?

Para solicitar esta prestación debes acudir directamente a la Administradora de Fondo para el Retiro (Afore) donde se encuentra tu cuenta individual, en los horarios establecidos por esa institución. Sin embargo, para realizar cualquier aclaración sobre el trámite, debes acudir al servicio de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar que te corresponde.

Cuando acudas a solicitar la ayuda, debes presentar:


Una solicitud de otorgamiento de ayuda, que será llenada por el personal de la Afore que administre tu cuenta individual.
Identificación oficial con fotografía y firma.
Original y copia de cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) o una Afore, que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) y el nombre del asegurado o pensionado.
Copia del estado de cuenta de la cuenta individual, de la impresión obtenida de la página de Internet de la Afore que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la Afore.
Copia certificada del acta de matrimonio.

Para recibir el pago, deberás acudir a la Afore donde se encuentra tu cuenta individual, en los horarios que indique la institución.

 

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